Reglamento de la OIA

Reglamento de la OIA

TITULO I: GENERALIDADES

 Art. 1º La OLIMPÍADA INFORMÁTICA ARGENTINA – O.I.A.– tiene su sede en la Escuela de Ciencia y Tecnología (ECyT) de la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM).

 Art. 2º La OLIMPÍADA INFORMÁTICA ARGENTINA – O.I.A.-, tiene como objetivos fundamentales:

  • Contribuir a la educación de los jóvenes fomentando su participación en actividades que demandan mayor preparación y permanente superación en los conocimientos informáticos y, a través de esta disciplina, en el rol del ser humano y en el desarrollo de las ciencias.
  • Promover el uso y aplicación de la informática como herramienta adecuada para la investigación y la resolución de problemas, como un elemento válido para el desarrollo humano.
  • Fomentar el intercambio de conocimientos y experiencias entre los estudiantes y docentes del área.
  • Identificar a los estudiantes que demuestran mayor talento y aptitudes en este campo para orientarlos y apoyarlos en su futura formación.
  • Promover un mejor conocimiento y comprensión de las ciencias y la tecnología.
  • Contribuir a la actualización de los docentes fomentando en los mismos una actitud activa y crítica frente a su rol de educadores.

 Art. 3º Libertad de participación: La participación en esta actividad es completamente voluntaria.

Igualdad de oportunidades: La O.I.A. ofrece las mismas posibilidades de participación y de desarrollo personal a los estudiantes, docentes y entrenadores pertenecientes a la comunidad educativa de todo el País.

 TÍTULO II: ALCANCES Y DESTINATARIOS

 Art. 4º La OLIMPÍADA INFORMÁTICA ARGENTINA – O.I.A.– consiste en certámenes y competencias entre estudiantes regulares de los establecimientos de enseñanza primaria y secundaria, de gestión estatal o privada de todo el País.

Destinatarios: Establecimientos Educativos de Nivel Medio y Primario.

TÍTULO III: ORGANIZACIÓN

Art. 5º La OLIMPÍADA INFORMÁTICA ARGENTINA abarcará de acuerdo con cada Categoría un proceso integrado por las siguientes instancias, en las que se desarrollarán los correspondientes certámenes, concursos y/o trabajos.

 O.I.A. “COMPETENCIAS DIGITALES”

  1. Instancia Escolar.
  2. Instancia Jurisdiccional.
  3. Instancia Nacional.

Complementando lo que establece el presente Reglamento de la “Olimpíada Informática Argentina”, el “Anexo A” describe las características de los certámenes y niveles de la categoría “Competencias Digitales” de esta Olimpíada.

 O.I.A. “PROGRAMACIÓN”

  1. Instancia Escolar.
  2. Instancia Jurisdiccional.
  3. Instancia Nacional.
  4. Instancia de Selección.
  5. Instancia Iberoamericana.
  6. Instancia Internacional.

Complementando lo que establece el presente Reglamento de la “Olimpíada Informática Argentina”, el “Anexo B” describe las características de los certámenes y niveles de la categoría “Programación” de esta Olimpíada.

Art. 6º La integración del Equipo Olímpico Argentino para las competencias internacionales (I.O.I.) surgirá de un Proceso de Selección (Certamen de Selección) en el que participarán los 6 (seis) mejores clasificados del nivel 3, los 4 (cuatro) mejores clasificados del nivel 2 y los 3 mejores clasificados del nivel 1 del Certamen Nacional correspondiente a la Categoría Programación. El Jurado Nacional podrá ampliar la nómina de participantes clasificados al Certamen de Selección, en el caso de considerar que el desempeño de los participantes así lo amerita.

 Art. 7º Los participantes de las competencias internacionales deberán realizar actividades de difusión y/o apoyo a la olimpíada y deberán ajustarse a todas las condiciones que se establecen en los Reglamentos Internacionales.

 Art. 8º Salvo razones de fuerza mayor las fechas de los Certámenes son impostergables.

No se tendrán en cuenta motivos personales que impidan la presentación de los participantes, por lo que, de no presentarse, los participantes quedan automáticamente excluidos de la prueba.

  

TÍTULO IV: ESTRUCTURA

 Art. 9º La OLIMPÍADA INFORMÁTICA ARGENTINA está orientada y dirigida por el Comité Olímpico Nacional integrado por 5 miembros y presidida por un Director.

 Art. 10º El Comité Olímpico Nacional intervendrá en:

  1. La aprobación de los Jurados Nacionales.
  2. La determinación de los criterios generales de evaluación de las pruebas.
  3. La decisión sobre situaciones no previstas en el presente Reglamento.
  4. El análisis, estudio y aprobación de las modificaciones que consideren deban producirse al presente Reglamento.

 Art. 11º El Director de la Olimpíada Informática Argentina, es responsable a su vez, de la puesta en marcha de la misma. Son sus funciones:

  1. Definir las fechas del CRONOGRAMA de Certámenes.
  2. Definir lugar y fecha de los Certámenes Nacional y de Selección de la Categoría O.I.A. Programación.
  3. Conformar los equipos técnico-pedagógicos encargados de la ejecución de las actividades académicas y operativas del programa.
  4. Determinar la integración de los Jurados Nacionales.
  5. Designar los Coordinadores, Miembros del Comité Olímpico Nacional y Miembros de los Jurados de las instancias correspondientes.
  6. Tomar contacto con los representantes de los organismos de la conducción escolar para coordinar las actividades con los establecimientos de su dependencia.
  7. Supervisar todo el material a publicarse.
  8. Publicar los resultados de los certámenes.
  9. Mantener las conexiones internacionales y coordinar la participación de la República Argentina en las competencias internacionales.
  10. Nombrar las comisiones necesarias para llevar adelante sus funciones.

 Art. 12º Los Jurados tendrán las siguientes funciones:

  1. Crear, diseñar y seleccionar los problemas que serán presentados en los correspondientes certámenes: escolar, Jurisdiccional y nacional.
  2. Analizar y evaluar las pruebas presentadas por los estudiantes.
  3. Determinar el Orden de Mérito por nivel y promover a la instancia siguiente a los tres mejores estudiantes o equipos (según la modalidad) de cada nivel y categoría.
  4. Comunicar los resultados a la Dirección de la O.I.A., para hacerlos llegar por el medio más adecuado, a los Coordinadores Jurisdiccionales y ellos a los estudiantes participantes.
  5. Destacar, en un informe final, las soluciones completas, la claridad de exposición, la simplicidad en el método, las ideas brillantes y cualquier otro signo de habilidad informática, sean o no de los estudiantes ganadores.
  6. El fallo de los Jurados será “INAPELABLE”.

 TÍTULO V: RECURSOS

Art. 13º La OLIMPÍADA INFORMÁTICA ARGENTINA a través del Director tramitará ante las autoridades competentes la obtención de fondos para desarrollar las actividades del programa OIA.

Art. 14º La OIA cubrirá los gastos de traslado y alojamiento de estudiantes y profesores participantes en el Certamen Nacional de la Categoría Programación, tras la obtención de financiación por parte de la autoridad educativa nacional.

Los estudiantes seleccionados para participar en el Certamen Internacional (IOI) de Programación recibirán apoyo económico para su traslado tras la obtención de financiación por parte de la autoridad educativa nacional.

La OIA no se hará cargo de los gastos de traslado de estudiantes, profesores, coordinadores ni tutores a las sedes de los certámenes correspondientes a las instancias Escolares y Jurisdiccionales.

— Comité Olímpico Argentino

Fecha de la última Revisión: Abril de 2025